En los últimos treinta años el profesional médico, que venía de ejercer una profesión de manera liberal, fue transformándose en un trabajador que presta servicios para un tercero que intermedia en su relación con los pacientes. De hecho, su acto profesional es ejercido. en la actualidad, bajo normas impuestas por las obras sociales, prepagas y dueños de las clínicas y sanatorios, que entendemos como empleadores. Éstos, a su vez, son los que pagan por el trabajo realizado, sin tener en cuenta los derechos que la legislación laboral argentina establece, como así también los acuerdos internacionales a los que nuestro país adhiere y que tienen rango constitucional.
Está claro, entonces, que si alguien paga por un trabajo, da las órdenes de cómo realizarlo y exige el cumplimiento de un horario para tal desempeño, está generando una relación de dependencia. Entendemos que para los empleadores hablar de “relación de dependencia” genere un conflicto de intereses, pero vamos a pelear por el derecho a negociar nuestro salario, jornadas de trabajo acordes a la actividad, a tener vacaciones pagas, sueldo anual complementario, los beneficios para la mujer embarazada y que amamanta, seguridad social, y los aportes jubilatorios para programar una jubilación más justa. Por estas razones nuestro Sindicato viene reclamando, desde hace muchos años, que se de cumplimiento a la Ley.
Las organizaciones médicas, en este territorio de la provincia de Buenos Aires, apoyan esta lucha y así queda plasmado en el artículo publicado en el diario El día el martes 28 de abril.
Dr. Carlos José Wechsler
Secretario de Prensa AMRA